CÓDIGO FISCAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (descargar)

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Actividades, hechos, actos u operaciones exentas.

ARTÍCULO 213:

Están exentos del pago del impuesto los ingresos brutos generados por las actividades, hechos, actos u operaciones siguientes:

Inciso l (ele): las profesiones liberales no organizadas bajo la forma de empresa;