Preguntas frecuentes
El CIE tiene como misión representar y proteger los intereses y derechos de los profesionales de la Ingeniería Especialista.
El CIE confiere la habilitación para el ejercicio de la profesión, por esto sus funciones primordiales son la matriculación y el control de la matrícula de los graduados universitarios y la recepción de todas las tareas profesionales para su visado obligatorio, ya sean Proyectos, Conducción Técnica de Obras e Informes de tipo general.
Fue creado por la Ley N° 11.291, sancionada el 23/11/1995, promulgada el 29/11/1995 y publicada en el Boletín Oficial el 06/12/1995.
La Ingeniería Especialista nuclea a los egresados universitarios del nivel de grado (licenciados o ingenieros) y posgrado (especialistas, magisters o doctores) de disciplinas diversas como la Ingeniería Química, Mecánica, Eléctrica, electrónica, Sistemas, Industrial, Ambiental, Alimentos e higiene y seguridad, entre otras, exceptuando las actividades relacionadas a la construcción, agronomía y agrimensura.
Poseer el título universitario no es suficiente. Debes matricularte en el Colegio de Ingenieros Especialistas y obtener la habilitación para el ejercicio profesional en el ámbito territorial de la Provincia de Santa Fe (Art. 21 Ley Nº 11.291).
Todos los graduados universitarios deben matricularse para ejercer su profesión, ya sea como profesional independiente o en relación de dependencia. (art. 10 Estatuto del CIE)
Además, toda tarea profesional de la Ingeniería Especialista debe estar respaldada por el correspondiente visado del Colegio.
Existen varias modalidades de matriculación, de acuerdo a la tarea principal que realiza el profesional. Ver modalidades de matrícula
Sí, tenés que matricularte con el diploma original, con el beneficio de que la matriculación es gratuita si realizas el trámite dentro del año de recién egresado. De esta manera quedas exceptuado del pago de la matrícula por el año de egreso y el año siguiente. Luego de transcurrido este tiempo, comienzas a pagar el costo total de la Matricula que te corresponde.
Sí, porque toda actividad técnica, pública o privada, libre o en relación de dependencia, se considera ejercicio profesional en tanto implique o requiera los conocimientos de los Ingenieros Especialistas. (Art. 4 Estatuto CIE).
Los profesionales en relación de dependencia pueden acceder a una Matrícula reducida que los exime de realizar aportes jubilatorios a la Caja de Ingenieros.
Los profesionales que se desempeñan exclusivamente en oficinas públicas con incompatibilidad para el ejercicio libre de la profesión deben solicitar esta modalidad de Matrícula.
Sí. En este caso podes solicitar la Matrícula diferencial para los profesionales con dedicación exclusiva en docencia o investigación. Este trámite resulta relevante para evitar posibles impugnaciones en los concursos y otras instancias de selección en los que los ingenieros especialistas participan, debido a la imposibilidad de acreditación de ejercicio profesional, exigido por la Ley N° 11.291.
Estás exento del pago del Impuesto a los Ingresos Brutos. Además, al realizar tus aportes a la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería, tenés la opción de no hacerlo en el Régimen de Autónomos.
Debés matricularte en el Distrito con jurisdicción de acuerdo a tu lugar de residencia. Aquí podrás consultar los departamentos que comprenden a cada Distrito.
No obstante, tené en cuenta que la presentación de expedientes para su visado en el Colegio debe realizarse según el lugar geográfico de ubicación de la obra, el cual determina en qué circunscripción del CIE debes presentar el proyecto y en qué delegación de la Caja de Previsión Social de los Profesionales de la Ingeniería debes realizar los aportes correspondientes, independientemente del distrito en el cual te encuentres matriculado.
La matrícula puede suspenderse solamente en dos casos:
- Suspensión voluntaria (temporaria o por tiempo indeterminado)
- Suspensión por jubilación en la Caja de Ingenieros
La explicación de cada una de estas situaciones, así como los formularios necesarios para realizar cualquiera de estos trámites se encuentran aquí.
No. Si dejaste de pagar la matrícula no estarás habilitado para el ejercicio de la profesión. Por ello, recordá que debes realizar el trámite de suspensión voluntaria de la matrícula. Si ya la solicitaste es conveniente preguntar en el Colegio si el pedido fue aceptado.
Sí. El trámite de rehabilitación de matrícula, así como los formularios necesarios para realizarlo se encuentran aquí.
Los beneficios de la matriculación son los siguientes:
- Exención en el impuesto sobre los ingresos brutos.
- Subsidio por nacimiento, adopción o fallecimiento a los profesionales habilitados.
- Acceso a eventos, cursos y capacitaciones que brinde el Colegio.
- Acceso a la Oficina Administrativa y Técnica desde la página web www.cie.gov.ar
- Newsletter semanal con información relacionada con la Ingeniería Especialista.
- Acceso a los Servicios on line del Colegio para emisión de certificados de habilitación profesional, presentación de liquidaciones de trabajos profesionales que deba visar, abonar el derecho de habilitación anual e inscripción a las capacitaciones que brinda el Colegio para sus matriculados.
- Acceso a la Biblioteca de Normas (IRAM, AEA, IEEE) y artículos técnicos.
- Asesoría legal y contable sin cargo
- Estacionamiento sin cargo para realizar gestiones en nuestra Sede.
Debes realizar la suspensión temporal de la matrícula, ver aquí.