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Exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

CÓDIGO FISCAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE (descargar)

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Actividades, hechos, actos u operaciones exentas.

ARTÍCULO 213:

Están exentos del pago del impuesto los ingresos brutos generados por las actividades, hechos, actos u operaciones siguientes:

Inciso l (ele): las profesiones liberales no organizadas bajo la forma de empresa.

A continuación les compartimos un instructivo que detalla los pasos a seguir para generar el formulario 1276: